Normativa para perros en el Metro y Bus de Barcelona

Tanto en el metro com en el autobús, estamos autorizados a viajar sin limitaciones horarias los perros de asistencia (identificados con amb una chapa y capa azul), los que acompañan a los trabajadores de seguridad o los animales domésticos pequeños, que vayamos en transportín (o bolsa de viaje blanda, como en la fotografía, que para mí es como mi camita de viaje, me encanta). De este modo puedo desplazarme a cualquier hora.

En el metro, además, están autorizados a acceder los perros identificados electrónicamente con un chip e inscritos en el registro censal municipal que cumplan las siguientes condiciones

Franjas horarias:

Los perros no pueden acceder al metro entre las 7.00 y las 9.30 h, ni entre las 17.00 y las 19.00 h de los días laborables entre el 11 de septiembre y el 24 de junio.
Los fines de semana y festivos y todos los días del periodo estival (que va del 24 de junio al 11 de septiembre), pueden acceder sin limitación horaria.
En momentos de gran aglomeración de personas y cuando la seguridad de los usuarios y de los propios animales lo requiera, la empresa puede limitar la admisión de los perros.

Otros requisitos:

Se admite solo un perro por persona.
Los menores de 18 años no pueden llevar perros considerados potencialmente peligross según la normativa vigente. Las personas que los lleven deben tener la licencia y la certificación acreditativa de inscripción del perro en el registro municipal.
Desde el acceso del metro hasta la salida a la calle, los perros deben llevar bozal e ir sujetados en todo momento con una correa no extensible y a una distancia inferior a 50 cm de las personas que los lleven.
Los perros pueden utilizar los ascensoros y las escaleras de piedra. Por su seguridad, no se permite que utilicen las escaleras mecánicas.
Los perros no pueden ocupar un asiento en el metro de Barcelona.

Responsabilidad:

La persona responsable de la actitud del animal es la persona que lo lleva. Por lo tanto, debe vigilar que no se produzca ninguna situación de peligro o de molestia al resto de usuarios. También debe evitar obstruir los pasajes o las puertas tanto en las dependencias (ascensores, etc.) como en los trenes.
La persona que lleva el perro es la responsable de los daños o los perjuicios que el perro pueda ocasionar tanto a los usuarios como a la empresa. La persona propietaria del perro es la responsable subsidiaria.
Si no se respetan las condiciones establecidas para el acceso de perros en el metro, la persona que lo lleva puede cometer, según las circunstancias, una infracción grave o leve, de conformidad con los artículos 64.s) o 65.p) de la Ley 4/2006, de 31 de marzo, ferroviaria.

Puedes acceder al documento oficial en Condiciones de acceso al metro con perros. [PDF: 60 KB] 

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